miércoles, 9 de febrero de 2011

LEY OVIEDO: UNA NORMA INCONVENIENTE

A inicios de año el Presidente de la República observó un proyecto de Ley que extendería, por un año más, la imposibilidad que las empresas azucareras con accionariado del Estado puedan ser embargadas, sin importar el monto o condición de la deuda que las mismas tuvieran.

La norma, conocida en diversos medios como ‘Ley Oviedo’ – en alusión al grupo económico que administra las empresas arriba aludidas -, fue observada por el gobierno al considerar que es discriminatoria frente a las demás empresas, en particular, las del sector azucarero.

Asimismo, en opinión del Poder Ejecutivo, este proyecto de Ley perennizará el dominio de grupos con escasa participación en el capital social, poca inversión para mejorar la productividad de la empresa y, a la vez, con posición privilegiada para la comercialización del producto a través de empresas que son de su propiedad.

Esta semana Ricardo Uceda presentó una extensa investigación en la revista Poder, que permitió corroborar las afirmaciones brindadas por el gobierno en el documento de observación. El reportaje señala por qué la norma debería ser rechazada, al extender por un año más un régimen “temporal”, que no permite embargar por deudas – aunque las mismas se han incrementado – y que no incentiva la inversión, a pesar que Oviedo sigue ganando.

En el fondo, lo que tenemos en el referido proyecto de ley es un régimen paralelo a las normas de procedimiento concursal, creadas justamente para viabilizar la recuperación de una empresa en problemas o brindarle una salida ordenada del mercado. Con ello la autoridad de INDECOPI quedaba mellada. 

También se ha esgrimido como argumento para la aprobación de la ‘Ley Oviedo’ una de sus disposiciones más controvertidas: la suspensión de la venta de las acciones del Estado en las azucareras para evitar una posición de dominio en el mercado de un grupo empresarial (el conglomerado aludido es el grupo Gloria).

Pero con esta disposición se vulneraba otra de las facultades de INDECOPI: la protección de la libre competencia a través del control del abuso de posición de dominio. Si Gloria adquiere, finalmente, estas empresas y, con ello, controla buena parte del mercado azucarero del país, cualquier empresa que se sienta afectada por sus acciones puede acudir ante la entidad competente para iniciar un procedimiento administrativo sancionador.

Como vemos, flaco favor le hace a la institucionalidad y a la regulación económica una norma como esta.

FUENTE: EDITORIAL DIARIO16
Columnistas | 03-02-2011 | José Godoy

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