miércoles, 23 de febrero de 2011

DECRETO DE URGENCIA N° 008‐2011

DECRETO DE URGENCIA QUE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DEL ESTADO
EN LAS EMPRESAS AGRARIAS AZUCARERAS A FAVOR DE LOS TRABAJADORES, EX TRABAJADORES Y
JUBILADOS DE LAS MISMAS COMO PAGO DE SUS ACREENCIAS LABORALES

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, a través el Decreto Legislativo Nº 802 se busca permitir la reactivación y saneamiento económico
de las empresas agrarias que realizan actividades agrícolas y/o agroindustriales azucareras, la que debía
lograrse mediante el esfuerzo de sus propietarios y trabajadores, la participación de los agentes del sector
privado y el decidido apoyo del Estado, propendiendo a su transformación y desarrollo;
Que, la Ley Nº 28027, Ley de la actividad empresarial de la industria azucarera, dispuso, entre otros, la
protección patrimonial de las empresas agrarias azucareras a través de la suspensión de la ejecución de
medidas cautelares, garantías reales o personales y similares sobre los activos de las referidas empresas en las
que el Estado tiene participación accionaria y que, a la fecha de entrada en vigencia de la referida Ley, no
hayan transferido más del cincuenta por ciento (50%) del capital social ya sea mediante venta de acciones o
emisión de nuevas acciones;
Que, en la mencionada Ley se dispuso que los recursos provenientes de la transferencia de las acciones
del Estado en las empresas agrarias azucareras, con excepción de los obtenidos por la transferencia de las
acciones de titularidad del Seguro Social de Salud ‐ ESSALUD y la Oficina de Normalización Previsional ‐ ONP, se
destinarán al saneamiento de las empresas emisoras de tales acciones, única y exclusivamente para el pago de
las acreencias de naturaleza laboral que frente a dichas empresas mantienen sus jubilados, trabajadores y las
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;
Que, mediante la Ley Nº 29299, Ley de ampliación de la protección patrimonial y transferencia de
participación accionaria del Estado a las Empresas Agrarias Azucareras, se dispuso, entre otros, la ampliación
de la protección patrimonial de las empresas agrarias azucareras hasta el 31 de diciembre de 2010 y se ordena
a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ‐ PROINVERSIÓN iniciar, bajo responsabilidad, el proceso de
transferencia de la participación accionaria que el Estado tiene en las mencionadas empresas;
Que, posteriormente la Ley Nº 29388, Ley que modifica el artículo 2° de la Ley Nº 29299, otorga el
derecho preferente a los trabajadores para adquirir las acciones del Estado en las empresas en que laboran;
Que, la situación actual de los trabajadores de las empresas agrarias azucareras ha generado diversas
protestas que ponen en peligro la seguridad de los mismos trabajadores y de la población en general;
Que, es necesario adoptar medidas extraordinarias de carácter económico y financiero que permitan
asegurar la transferencia de las acciones del Estado en las empresas agrarias azucareras a favor de los
trabajadores, ex trabajadores y jubilados de dichas empresas o los sucesores de éstos, a fin de amortizar las
acreencias de naturaleza laboral que tienen los citados acreedores;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118º de la Constitución Política del
Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1°. Exclusión del proceso de promoción de la inversión privada de las acciones del Estado en
las empresas agrarias azucareras
1.1 Exclúyase del proceso de promoción de la inversión privada las acciones de titularidad del Fondo
Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ‐ FONAFE, de la Oficina de Normalización
Previsional ‐ ONP y del Seguro Social de Salud – ESSALUD, en las empresas agrarias azucareras acogidas al
régimen de la Ley N° 28027.
1.2 En caso que las entidades del Estado antes mencionadas, adquieran la titularidad de nuevas acciones
en las empresas agrarias azucareras acogidas a dicho régimen, como consecuencia de capitalizaciones de
acreencias que a la fecha de vigencia de la presente norma se encuentren impugnadas y en trámite ante
instancias administrativas y/o judiciales, las acciones resultantes no estarán incluidas en el proceso de
promoción de la inversión privada y le serán aplicables, en su oportunidad, las disposiciones del presente
Decreto de Urgencia.
Artículo 2º. Transferencia de las acciones de titularidad de ONP y ESSALUD a FONAFE
2.1 La ONP y ESSALUD, en mérito del presente Decreto de Urgencia, deberán transferir a título oneroso
a FONAFE la titularidad de las acciones que dichas entidades poseen en las empresas agrarias azucareras a las
que se refiere el artículo 1 precedente, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes de la entrada en vigencia
la presente norma.
2.2 La transferencia de las acciones referidas se realizará al valor de la última cotización de bolsa
anterior a la fecha de publicación del presente Decreto de Urgencia. En el caso que alguna de las empresas
agrarias azucareras no cotizara en la Bolsa de Valores de Lima, se utilizará el valor contable de la acción a la
fecha de corte establecida en el párrafo anterior.
2.3 El FONAFE pagará el valor de transferencia de las referidas acciones con cargo a la disponibilidad de
sus recursos, conforme lo determine su Directorio.
Artículo 3º. Autorización a FONAFE para transferir acciones del Estado
3.1 Autorízase a FONAFE a transferir las acciones de las empresas agrarias azucareras de la cual es titular
y de las que adquiera al amparo del artículo 2° precedente, a un fideicomiso que será administrado por la
Corporación Financiera de Desarrollo S.A. ‐ COFIDE y cuyos fideicomisarios serán los trabajadores, ex
trabajadores y jubilados de dichas empresas, o los sucesores de éstos de acuerdo a la normatividad vigente.
Para dicho efecto, FONAFE queda autorizado a suscribir el contrato de fideicomiso, conforme a las
disposiciones de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros, el cual tendrá como finalidad transferir tales acciones de titularidad de
FONAFE a los referidos trabajadores, ex trabajadores y jubilados, o los sucesores de éstos, con el propósito de
amortizar las deudas laborales que frente a ellos mantienen las citadas empresas agrarias azucareras. Los
gastos y costos asociados a la constitución y operación del fideicomiso serán de cargo de FONAFE. Dicho
fideicomiso sustituirá al Fondo Financiero a que se refiere el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley N° 28027 y sus
modificatorias.
3.2 Los lineamientos y procedimientos aplicables a la custodia, administración y transferencia de las
referidas acciones serán establecidos en el respectivo contrato de fideicomiso, los cuales serán comunicados
oportunamente por la empresa fiduciaria a los trabajadores, ex trabajadores, jubilados o a los sucesores de
cada uno de éstos.
3.3 La transferencia de las acciones del Estado en dominio fiduciario se deberá efectuar dentro del plazo
máximo de diez (10) días hábiles siguientes, desde el vencimiento del plazo a que se refiere el numeral 2.1 del
artículo 2° precedente.
3.4. Para efecto de la transferencia de acciones que realizará el fiduciario del patrimonio fideicometido,
se tomará en cuenta la relación de acreencias laborales exigibles reconocidas por las empresas agrarias
azucareras en el Programa de reflotamiento empresarial y Programa de reconocimiento de obligaciones
presentado por dichas empresas ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la
Propiedad Intelectual ‐ INDECOPI, a la que se refiere el artículo 3 de la Ley N° 29299, Ley de ampliación de la
protección patrimonial y transferencia de participación accionaria del Estado a las empresas agrarias
azucareras.
Artículo 4º. De la transferencia de acciones a los trabajadores, ex trabajadores, jubilados y sucesores
4.1 Las acciones de FONAFE a ser transferidas a los trabajadores, ex trabajadores, jubilados y sucesores
se valorizarán, al valor de la última cotización de bolsa anterior a la fecha de transferencia a favor de tales
personas. En el caso que alguna de las empresas agrarias azucareras no cotizara en la Bolsa de Valores de Lima,
se utilizará el valor contable de la acción a que se refiere el segundo párrafo del numeral 2.2 del artículo 2° de
la presente norma. El valor así determinado se utilizará para cuantificar el pago de las acreencias laborales que
se realizará por cuenta de las empresas agrarias azucareras a través de la transferencia de acciones.
4.2 El valor de transferencia de las acciones se imputará primero al monto capital, seguido de los gastos
y posteriormente a los intereses de la deuda laboral reconocida y liquidada por las empresas agrarias
azucareras, consignada en la última relación actualizada de dicha deuda remitida al Indecopi, según lo
dispuesto en la Ley N° 29299. Dicho pago no constituirá para los referidos acreedores, el reconocimiento de la
liquidación de la deuda laboral que haya realizado la respectiva empresa.
4.3 El fiduciario procederá, en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir
de la transferencia en dominio fiduciario de dichas acciones, a transferir las acciones a favor de los
trabajadores, ex trabajadores y jubilados de dichas empresas, o los sucesores de éstos, que así lo soliciten.
4.4 La transferencia de las acciones se realizará en cifra entera. En caso que el número de acciones que
los trabajadores, ex trabajadores y jubilados, o los sucesores de éstos, deseen adquirir en aplicación de la
presente norma exceda al número de acciones de propiedad del Estado en la empresa agraria azucarera, éstas
deberán ser transferidas entre dichos sujetos en forma proporcional a los importes de tales acreencias y hasta
por el límite de las acciones existentes de titularidad del Estado a que se refiere el artículo 1° de la presente
norma.
4.5 El saldo de las acciones que no sea transferido por el fiduciario a los trabajadores, ex trabajadores y
jubilados, o los sucesores de éstos, será transferido a través de la Bolsa de Valores de Lima. En este caso, los
recursos que se obtengan deberán ser transferidos directamente por el fiduciario a la entidad titular de las
acciones transferidas.
Artículo 5°. De la aplicación de la Ley N° 28027
En virtud de lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 28027, la amortización de la
deuda laboral de las empresas agrarias azucareras acogidas al régimen de la Ley N° 28027, que se origine por la
transferencia de las citadas acciones no generará frente a las referidas empresas derecho de subrogación a
favor del FONAFE.
Artículo 6°. De la participación accionaria del Estado en empresas agrarias azucareras
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de entrar en vigencia la presente norma, las entidades del
Estado que hayan adquirido acciones en las empresas agrarias azucareras acogidas al régimen de la Ley N°
28027, a través de la Bolsa de Valores de Lima deberán proceder a su venta.
Ninguna entidad del Estado, bajo responsabilidad, podrá adquirir directa o indirectamente acciones en
las empresas agrarias azucareras acogidas al régimen de la Ley N° 28027.
Artículo 7°. Refrendo
El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintiún días del mes de febrero del año dos mil once.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Educación
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
RAFAEL QUEVEDO FLORES
Ministro de Agricultura

Oviedo se adueñaría de acciones en azucareras

POR SU PARTE, ALEJANDRO ZEVALLOS PIDE A LOS TRABAJADORES DEFENDER SUS PROPIOS INTERESES Y NO EL DE "LOS COMERCIANTES DE AZÚCAR"



LAMBAYEQUE | CHICLAYO. Una serie de posiciones encontradas se han vertido tras el Decreto de Urgencia (DU) dado por el Ejecutivo, mediante el cual se transfiere las acciones que tiene el Estado en las empresas Pomalca, Tumán y Cayaltí a los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de estos ingenios azucareros.

A FAVOR. El presidente de la Federación de Trabajadores Azucareros del Perú, Demetrio Ruiz Ríos, se mostró a favor de este Decreto de Urgencia; sin embargo, considera que "el Gobierno sólo ha cumplido en una parte con los trabajadores al tomar esta decisión, porque nosotros aún estamos en pide de lucha para lograr que se promulgue la Ley de Protección".

"LEALTAD". Respecto a la posibilidad de venta de las acciones por parte de los azucareros a un determinado grupo económico, Demetrio Ruiz sostuvo que si existiera esta posibilidad se la venderían al Grupo Oviedo. "No podemos ser desleales con quien estuvo en las buenas y en las malas con los azucareros, el grupo Oviedo es nuestro aliado estratégico y será a ellos a quien venderíamos nuestras acciones si se presenta el caso", aseveró, agregando que de esta manera evitarán el monopolio en el negocio del azúcar.

"NO A OVIEDO". Por su parte, Alejandro Zevallos Gonzáles, presidente del Comité de Accionistas de la Agroindustrial Tumán, se mostró también a favor del mencionado Decreto de Urgencia y lo calificó de positivo; y a la vez hizo un llamado a los verdaderos trabajadores azucareros que por años no han podido cobrar sus acreencias a defender las acciones que les serán entregadas.

"Una vez que nos transfieran las acciones hay que defenderlas y protegerlas porque este decreto nos permite recuperar parte de nuestras acreencias", indicó.

Respecto a la Ley de Protección, Zevallos sostuvo que es hora de que los propios trabajadores saquen a reflote las empresas azucareras. "No hay necesidad de que haya protección en las empresas, quienes están en Lima pidiendo que se amplíe esta ley sólo están defendiendo los intereses de los comerciantes de azúcar (Grupo Oviedo) y no de los verdaderos trabajadores", acotó.

DECISIÓN POLÍTICA. A su vez, el presidente de la región Lambayeque, Humberto Acuña Peralta, también se pronunció sobre el Decreto de Urgencia dado por el Gobierno Aprista y dijo que se trata de una medida popular porque considera que se ha politizado el problema de los trabajadores azucareros.

"Es lamentable esta decisión (DU) porque no asegura el crecimiento de las azucareras y no se ha resuelto el problema social.

Los trabajadores necesitan liquidez y no que les entreguen acciones abaratadas", opinó.

Fuente: Diario Correo Perú
Lambayeque, Miércoles 23 de Febrero de 2011

Azúcar: preguntas y respuestas

Juan Carlos Valdivia

COLUMNAS BIZANTINAS
Diario Correo Perú, Miércoles 23 de Febrero de 2011

LIMA | La supuesta solución que el gobierno pretende dar a la situación de las azucareras de Lambayeque en las que el Estado mantiene acciones significa una variación radical de lo que se venía sosteniendo públicamente y, en la práctica, ceder ante la presión del Grupo Oviedo y sus asalariados, para que ellos mantengan el control de dichas empresas.
Aquí cabe preguntarse: ¿quién generó la deuda impaga? Pues administraciones sucesivas de los mismos trabajadores (o avaladas por ellos). ¿Quién no pagó la deuda? El Grupo Oviedo, que como han demostrado investigaciones realizadas por la revista Poder y por el programa Panorama, ha estado acumulando ganancias en sus comercializadoras, manteniendo en estado de zozobra a las empresas azucareras. En el caso de Cayaltí, el caso es más grave. La complicidad de Yehude Simon, Alejandro Toledo y su ministro de Economía Pedro Pablo Kuczynski creó un fideicomiso en Cofide para administrar la empresa, que lo único que ha logrado es depreciarla y someterla al Grupo Oviedo, que industrializa y comercializa la caña que ahí se produce.
Entonces ¿por qué todos los peruanos tenemos que asumir los costos de esta operación condonando deudas y entregando acciones? Por un cambio producido en el gobierno aprista, que ha decidido que antes que aplicar la ley, es mejor entregar dichas empresas al control del Grupo Oviedo.
¿Cuánto valen las acciones que se pretende entregar a los trabajadores? Pues cero. Si las deudas de las empresas azucareras son superiores a su patrimonio, dichas empresas están técnicamente quebradas. Y deberían pasar por Indecopi para un proceso de reestructuración ordenado.
En todo caso, la solución al problema no estaba en ceder ante la presión de innumerables avisos pagados financiados por algún alma caritativa (pero ninguna entidad del Estado es capaz de investigar la procedencia de sus fondos), o de portadas compradas, congresistas sospechosamente diligentes y manifestaciones asalariadas. La solución estaba en aplicar la ley, y no en volver a crear una situación excepcional que sólo favorece a quienes han medrado de dichas empresas.

José Chlimper: "Han regalado las azucareras a Oviedo"

LOS PERUANOS VAN A PAGAR LA DEUDA DE UNA EMPRESA PRIVADA



LIMA | Para el especialista en temas agrarios José Chlimper, transferir las acciones del Estado en las azucareras Pomalca, Tumán (Grupo Oviedo) y Cayaltí a favor de los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de esas empresas, como pago de sus acreencias laborales, es algo nunca antes visto, que en la práctica significa un regalo para el Grupo Oviedo.

En diálogo con Correo, criticó la decisión del Ejecutivo y afirmó que esto significa que todos los peruanos van a tener que pagar las deudas de una empresa privada. "Esto es insólito, nunca antes visto en nuestro país", subrayó.

Más adelante, se preguntó cómo si Fonafe no pudo imponer un directorio en Pomalca (administrada por el Grupo Oviedo), un grupo de tres mil trabajadores desorganizados va a poder elegir uno.

"Le han regalado las acciones a los Oviedo, porque, como lo veo, igual van a mantener el manejo", sostuvo.

El también empresario agrícola precisó que el mejor camino era poner a la venta las acciones de estas empresas agrarias y aplicar la Ley de Empresas Privadas. "Si no pueden pagar, que vayan a Indecopi, y los trabajadores se quedaban con el control", finalizó.

Pedido. Asimismo, un grupo de trabajadores de los ingenios Tumán y Pomalca se pronunció en contra de cualquier ampliación de la Ley de Protección Patrimonial, que venció en diciembre pasado, y además pidió la salida del Grupo Oviedo de estos dos ingenios norteños.

dato

� Ayer el Poder Ejecutivo oficializó la transferencia de la participación accionaria del Estado en las empresas agrarias azucareras a favor de los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de las mismas, como pago de sus acreencias laborales.

Fuente: Diario Correo Perú
Lima, Miércoles 23 de Febrero de 2011

Trabajadores azucareros no levantarán protestas

EXIGEN LA PROTECCIÓN PATRIMONIAL

Fonafe afirma que educará a los trabajadores en temas bursátiles

Insuficiente. Esta fue la respuesta de los trabajadores azucareros que se mantienen desde el mes pasado en huelga, en relación con el decreto de urgencia que publicó ayer el Poder Ejecutivo y que autoriza la transferencia de las acciones del Estado como parte de pago de las acreencias laborales.
Demetrio Ruiz, presidente de la Federación de Trabajadores Azucareros del Perú, afirmó que continuarán con la medida de fuerza a la espera de que el Parlamento extienda hasta fin de año la protección patrimonial para las azucareras Pomalca, Tumán y Cayaltí. La expectativa es que el tema se ponga en debate una vez iniciada la legislatura la próxima semana.
En tanto, otras facciones de sindicatos de trabajadores de Pomalca y Tumán se mostraron cautelosos sobre el impacto de la entrega de las acciones, pues temen que finalmente terminen en manos del actual administrador judicial, el Grupo Oviedo, mediante transacciones que fijen valores irrisorios por cada acción. Además, José Ruesta, dirigente del Sindicato de Campo de Tumán, afirmó que la Ley de Protección Patrimonial no favoreció a los trabajadores.
La Comisión Agraria, que se reunió fuera de legislatura para dar visto bueno a la propuesta que extiende ese beneficio, comunicó que aún estudian el impacto del decreto de urgencia.
Lo cierto es que con la medida oficializada por el Poder Ejecutivo se reducirá la deuda laboral en cerca de S/.90 millones y en favor de más de 9.000 trabajadores. Gracias al traspaso de estas acciones, los trabajadores de Pomalca elevarían su participación de 13,41% a 46,19%; los de Tumán pasarían de 67,31% a 74,53%; y los de Cayaltí de 76,47% al 100%.
En teoría, los trabajadores tendrán el camino libre para administrar estas azucareras. Sin embargó, se han generado muchas dudas sobre lo que pasará luego. Mario Gonzales, director ejecutivo del Fonafe, explicó que la transferencia no es obligatoria y aquellos que prefieran esperar los cronogramas de pago establecidos ante Indecopi, lo podrán hacer.
Obviamente, resaltó que entre esperar que te paguen al 2023 y tener un grupo de acciones a través de las cuales puedes manejar una empresa o venderlas en el mejor momento en el mercado bursátil, la mayoría optará por lo último.
En respuesta a la probabilidad de una venta por debajo del valor de estas acciones, comentó que el Fonafe tiene el encargo de brindar orientación a los trabajadores sobre todas las opciones con las que cuentan para maximizar los beneficios de esta nueva posesión. “Nuestra responsabilidad es que tengan un retorno de la venta de sus acciones y, por ello, vamos a darles la orientación y educación en el tema. Siempre existe la posibilidad de que algún trabajador, por una suerte de premura económica, se deshaga de sus acciones”, comentó.
Una opción es que esperen a que un inversionista interesado lance una oferta pública de adquisición de acciones para comprarles sus títulos en la Bolsa de Valores de Lima. Otra es que a través de un agente de bolsa vendan sus acciones cuando arriben a determinado valor, no antes. Por último, esta la decisión de ejercer el derecho de ser dueños de las azucareras en cuestión.
El Grupo Oviedo se abstuvo de hacer algún comentario al indicar que aún no terminaban de analizar el decreto de urgencia.
No se pudo vender por falta de información
El director ejecutivo del Fonafe, Mario Gonzales, explicó que fue difícil intentar vender las acciones del Estado en las tres azucareras debido principalmente a la falta de información financiera. Aunque no es necesario que lo mencione, se refiere en especial a Pomalca y Tumán, administradas judicialmente por el Grupo Oviedo.
Esto último originó que Fonafe solicitará una junta de accionistas para renovar a sus tres directores, pero mediante un acto considerado irregular el mencionado grupo empresarial nombró un directorio sin la presencia del Estado.
Gonzales también destacó que en ese proceso se los acusó de buscar que las acciones recaigan en otro grupo empresarial. “Ahora todo esto quedó atrás, ahora los trabajadores son los dueños de las acciones”. agregó.
Por su parte, el legislador Jorge del Castillo calificó de “un paso fundamental” la transferencia de acciones. El candidato presidencial Pedro Pablo Kuczynski dijo que esto mejorará la situación de las azucareras en Lambayeque.
DATOS
Según el D.U. 008-2011, la ONP y Essalud deberán transferir a título oneroso [no es lucrativo] a Fonafe la titularidad de sus acciones en cinco días.
Luego deberán constituir un fideicomiso que será administrado por Cofide y cuyos fideicomisarios serán los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de las empresas.
También se obliga a las entidades del Estado que hayan adquirido acciones en estas empresas azucareras proceder a su venta. Este sería el caso de Essalud.

Fuente: Diario el Comercio
Lima, Miércoles 23 de Febrero de 2011

Azucareras: riesgosa solución a medias

Editorial Diario El Comercio
Miércoles 23 de Febrero de 2011

Sigue pues sin resolverse el problema de fondo. Por el contrario, se agrega nuevos ingredientes a un conflicto, sin pensar en…

En una medida populista, que no resuelve el problema de fondo de las azucareras ni de sus trabajadores y que termina perjudicando al país, el Gobierno decidió transferir las acciones que mantenía en las otrora cooperativas Pomalca, Tumán y Cayaltí a favor de los empleados y jubilados de esas empresas como pago de sus acreencias laborales.
Esas empresas tienen otras deudas millonarias tanto al sector privado como al Estado por impuestos y aportaciones a Essalud y a la ONP, que no han podido ser cobradas hasta ahora por el injusto sistema de protección patrimonial que las favorecía.
¿Quién gana y quién pierde? Como señalan los especialistas, el gran perdedor es el Estado y los peruanos que debemos asumir nuevamente los errores y abusos de otros –como se hizo en los 90 con las antiguas cooperativas azucareras–, con lo que se sienta un negativo precedente para la actividad empresarial.
Según el director del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), Mario Gonzales, la entrega de acciones permitirá pagar deudas laborales por unos 79,2 millones de soles, es decir apenas el 28% del total. Y el mayor beneficiario sería el Grupo Oviedo, que tiene a su cargo la administración de Pomalca y Tumán, que se vería liberado de dichas deudas y podría adquirir, dada su ascendencia sobre las cúpulas de trabajadores, las acciones mencionadas.
Pero ni siquiera esta solución, presentada como alternativa a la desaparición de la protección patrimonial, satisface a los trabajadores que, actuando como mascarón de proa de grupos empresariales, insisten en que se les prolongue dicha protección.
Asimismo, llama la atención que el Ejecutivo vuelva a abusar de la figura de los decretos de urgencia para asumir deudas laborales de tres empresas, un problema estrictamente privado derivado de una mala gestión, en lugar de promover el ingreso de nuevos socios, serios y con capacidad financiera, que compitan en igualdad de condiciones para sanear las empresas.
Sigue pues sin resolverse el problema de fondo. Por el contrario, se agrega nuevos ingredientes a un conflicto, sin pensar en las consecuencias futuras. Reiteramos, por ello, la necesidad de una firme voluntad política del Gobierno y del Congreso para despolitizar el tema azucarero y poner punto final al injusto sistema de protección patrimonial. En momentos en que se abren más puertas para nuestra industria agroexportadora y de alimentos, urge afirmar la seguridad jurídica y dar señales de que somos un país estable, que respeta la ley y las reglas de juego para todos.

    Insisten en Ley Oviedo

    Los parlamentarios apristas Javier Velásquez y Jorge del Castillo insistieron en que se extienda, por dos años, la Ley de Protección Patrimonial, que favorece al grupo Oviedo, argumentando que se necesita proteger los intereses de los trabajadores de las empresas azucareras.

    Velásquez consideró que los acreedores podrían arremeter contra las compañías, por lo cual habría que establecer un cronograma de pagos para darle viabilidad a los ingenios, comentó.

    Del Castillo informó que se reunió con el presidente Alan García y el ministro de Economía, Ismael Benavides, para estudiar la posibilidad de emitir una norma que facilite el pago de las deudas de las empresas agroindustriales a la Sunat. Ayer el Ejecutivo promulgó el decreto.
     
    Fuente: Diario Peru21
    Lima, Miércoles 23 de Febrero de 2011