viernes, 14 de enero de 2011

Régimen de protección patrimonial postergó pago de remuneraciones a trabajadores de azucareras


  • Lima, ene. 13 (ANDINA). El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indicó hoy que las constantes prórrogas de la vigencia del régimen de protección patrimonial de las azucareras originaron que los trabajadores y ex trabajadores de esas empresas vean postergados el pago de sus remuneraciones y otros derechos laborales que sus empleadores les adeudan.




  • Sostuvo que esta situación ha sido una de las razones por las que el Poder Ejecutivo observó la autógrafa de ley que propuso la prórroga, por el presente año, de la vigencia de la Ley de Protección Patrimonial de las empresas agrarias azucareras en las que el Estado tiene participación accionaria. Recordó que este régimen privilegiado fue creado de manera extraordinaria por 12 meses con el fin de lograr el saneamiento de los pasivos de las referidas empresas, y fue prorrogado sucesivamente por más de siete años sin que se logre dicho objetivo. Además, señaló que dicho régimen de protección implicaba que los acreedores (entre los que se encuentran los trabajadores y ex trabajadores) no puedan efectuar ningún cobro de cualquier naturaleza, tributaria o no tributaria, laboral o no, sin importar su estado u origen. En estos casos, dijo que se requería la aprobación de un plan que permitiera ordenar el pago de las acreencias, poniendo en primer lugar aquellas deudas que se mantenían con los trabajadores y ex trabajadores de las empresas. Asimismo, comentó que esta no es la única observación dado que contrariamente a lo establecido por la Constitución, la autógrafa de ley observada por el Poder Ejecutivo va más allá. Ello debido a que eliminaba la priorización del pago de las remuneraciones y beneficios sociales y aportes previsionales de los trabajadores, que sí estaba expresamente establecida en la norma original. En consecuencia, podía entenderse que las deudas que mantienen las empresas agrarias azucareras con sus trabajadores y ex trabajadores, serían tratadas como cualquier otra deuda y, por tanto, no ser las primeras en ser canceladas. La autógrafa también proponía una compensación ilegal de las deudas de la empresa con los trabajadores a cambio de las acciones del Estado, así como postergar aún más el pago de otras obligaciones derivadas de la relación laboral que las empresas agrarias azucareras han mantenido a la fecha pendientes. Entre las que destacan las obligaciones que posee con Essalud y la Oficina de Normalización Previsional (ONP), repercutiendo en sus servicios a los trabajadores y ex trabajadores, incluyendo a todos los que son beneficiarios de estas entidades. En ese sentido, la autógrafa que se pretendía aprobar hubiera retrasado el cobro de las obligaciones laborales, sociales y tributarias vencidas de tales empresas, en perjuicio especialmente de sus trabajadores, ex trabajadores y del propio Estado, concluyó. (FIN) DCT/JPC

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